La edad de Consentimiento Sexual en Nicaragua; cómo entender que está mal el sexo con menores.

 Como humanos tenemos necesidades, entre estas, las necesidades de índole sexual. Desde nuestra adolescencia iniciamos a experimentar varios cambios en nuestro cuerpo, esto nos trae, (además del cambio físico) un sin número de cambios emocionales, y cada uno de estos cambios, puede variar de persona en persona.

La sexualidad es un tema amplio, hablar de sexualidad no es algo que deba tomarse a la ligera, ¡Para Nada! ya que la acción sexual –a como toda acción- conlleva a una reacción, que dependiendo de las circunstancias en cómo se dé, puede resultar de forma muy negativa a una o ambas partes.

En nuestra Nicaragua, el problema de embarazos prematuros en menores de edad llega a cifras alarmantes. Según el sitio web oficial de CODENI (La Federación Coordinadora Nicaragüense de ONG que trabajan con la Niñez y la Adolescencia): “A nivel latinoamericano, Nicaragua es el país con mayor proporción de embarazos en adolescentes. El 24.4% de los embarazos son de adolescentes, es decir, 92 de cada 1,000 mujeres adolescentes (entre 15 y 19 años) son madres. ... Toda niña o adolescente embarazada (menor de 14 años), ha sido violada.”



Para comprender mejor el tema de consentimiento sexual, primero déjame darte algunos conceptos legales básicos y así te aclaro tanta desinformación y suposición con respecto a la edad en que un menor puede o no mantener relaciones sexuales. El Lic. Martin E. Bravo, Jurisconsulto y Asesor Laboral, nos ayuda a entender que es legalmente “Consentir”: “En cuanto a la temática sexual, consentimiento significa estar activamente de acuerdo con realizar actividades de índole sexual con una persona. La expresión del consentimiento le indica a la otra persona que estamos de acuerdo en participar de un acercamiento físico que puede incluir actividad sexual. Si no se medía el consentimiento en una actividad sexual, es un delito y se considera agresión. El consentimiento sexual es un requisito para participar en una actividad sexual saludable. Antes de mantener relaciones sexuales con otra persona, debes saber si esta persona está de acuerdo. ¿Cómo puedes saberlo? ¡PREGUNTANDO! Consentir y pedir consentimiento consiste en establecer tus límites personales y respetar los de tu pareja; debes volver a preguntar si las cosas no están claras. Para que sea algo consensuado, ambas personas deben estar de acuerdo con el acercamiento todas y cada una de las veces. Sin consentimiento, cualquier acercamiento sexual no deseado se constituye en violencia...”

Para poder identificar bien que es consentimiento, solo debemos recordar que el consentimiento debe ser; libre, entusiasta, especifico, tenes que estar informado que va a pasar, y es reversible, es decir, si te arrepientes a última hora de hacerlo, no tenes que sentirte culpable por eso, estás en tu derecho y tu pareja no puede forzarte si no quieres (a manos que él/ella quiera una denucia).


 “Existen leyes que indican quiénes pueden consentir y quiénes no. Las personas que están ebrias, drogadas o inconscientes no pueden consentir en tener relaciones sexuales. También existen leyes que protegen a los menores (personas menores de 16 años, según el Código Penal) contra la presión que puedan sufrir para tener relaciones sexuales con una persona mayor que ellos. La edad para el consentimiento sexual es la edad que debe tener una persona para que se la considere legalmente capaz de consentir en tener una actividad sexual” finaliza Bravo.

 

 


Teniendo claro qué es consentimiento sexual y como identificarlo, ahora viene la verdadera pregunta, ¿Puede un menor de edad, mantener relaciones sexuales con un mayor de edad? Según el Código mundial de la niñez y la adolescencia, nos define que: “Se considera como niña y niño a los que no hubiesen cumplido los 13 años de edad y adolescente a los que se encuentren entre los 13 y 18 años de edad, no cumplidos.” 

En Nicaragua se considera mayor de edad a todo aquel que haya cumplido 18 años. Así mismo, el código penal nicaragüense nos tipifica como delito de violación a todo aquel que mayor de edad, (es decir, con 18 años cumplidos) haya tenido cualquier tipo de actividad sexual con un niño o niña (es decir, menor de 13 años) y tipifica como delito de Estupro a todo mayor de edad (es decir, con 18 años cumplidos) que haya mantenido cualquier tipo de actividad sexual con un adolecente (es decir mayor de 13 años menor de 18), todo esto según la ley 641, art 167-174.


A como bien acabas de leer, estos delitos solo son delitos cuando un adulto se mete con un menor, si dos menores de edad mantienen relaciones sexuales, mientras hay responsabilidad y buena información de por medio, ¡No hay problema! Dos adolescentes perfectamente pueden mantener relaciones sexuales de índole hetero u homosexual siempre y cuando sea sexo responsable.

El Filósofo nicaragüense Lic. Byron José Bello, nos entrega una perspectiva filosófica sobre la edad de consentimiento sexual.

Para los filósofos existencialistas, la libertad es condición inherente de cada
persona, de ahí que Jean Paul Sartre afirme que “el hombre está condenado a
ser libre”

Si no entendiste, te explico:  puede afirmarse que el hecho de optar por tener, o no, relaciones sexuales, dependen solamente de la propia voluntad. Pero, a la vez, esta voluntad debe ser consciente, pues, las pasiones no pueden ser causa de decisiones libres, estas son nada más que excusas para rehuir de lo que le
compete, es decir, la responsabilidad de los propios actos. En todo caso, “el
hombre es responsable de su pasión”, por ende, de sus consecuencias.


Hemos definido aquí lo que se debe entender por un acto libre. Aquél por el
que somos capaces de inventarnos y asumir las consecuencias.
Pero, falta aclarar si alguien de 16 años es capaz de estos actos libres. En este
campo entran algunos factores de orden antropológico que hay que tomar en
cuenta; La cultura, la Globalización y la influencia mediática. Aun así, no corresponde a la filosofía determinar lo que es debido y lo
que no, no es posible emitir un juicio acerca de las decisiones personales, eso
incluye el consentimiento a tener relaciones sexuales antes de la mayoría legal
de edad.

Pasando por el aspecto legal, meditando la naturaleza filosófica del humano sobre sus acciones, nos toca enfocarnos en aspecto psicológico de las personas, en donde terminaremos de entender de manera científica, como la edad de consentimiento sexual debe tomarse en nuestra sociedad.

El ser humano está en constante desarrollo a lo largo de su vida, muchas teorías se han elaborado en base al desarrollo humano desde la perspectiva psicológica, solo por mencionar algunas: la teoría psicosexual de Sigmund Freud, la teoría psicosocial de Erick Erickson, la teoría cognitiva con Maslow y Piaget, la Humanista de Carl Rogers, entre otras. Cada una intenta explicar al ser humano en sus diferentes etapas, el ser humano en todas estas está en constante crecimiento, y depende de diferentes factores que lo ubican en lo normal o anormal según la etapa que cursa.

Pero aun no nos responde algunas dudas como ¿Qué se requiere de los adolescentes en relación al establecimiento de relaciones sexuales? Y ¿Qué beneficios y daños pueden acarrear para ellos al establecer relaciones sexuales?



La sociedad requiere de un ser humano al establecer relaciones sexuales responsabilidad y madurez, bien sea por la cantidad de amenazas a la salud pública como al fenómeno de los embarazos no deseados que se pueden relacionar a un sin número de afecciones psicológicas, económicas y sociales, madurez para enfrentar los fenómenos que involucra establecer relaciones sexuales, tales como, el enamoramiento, las pasiones, las separaciones, las dependencias, los daños a terceros, etc…, si nos remitimos a la madurez de los adolescentes podemos decir que aunque su físico está madurando, su psiquis no lo hace en la misma medida y menos su adaptación al medio, cosa igual sucede con la responsabilidad, las responsabilidades físicas se desarrollan en torno al egocentrismo del adolescente, sus responsabilidades psíquicas aún no se asumen y menos las sociales, pues es la edad de la rebeldía.

Si respondemos la segunda pregunta sobre los beneficios y daños podemos ver que son más los daños relacionados a su madurez psíquica que los beneficios, esto sometido a la relación con el contexto de sociedades “occidentales”, porque también tenemos que comprender que las relaciones sexuales en adolescentes no es un fenómeno nuevo, data de muchos años en las distintas sociedades que han existido, algunas variando la edad para considerarse adulto entre los 12 y 15 pero todas inferiores a los 18 que actualmente aceptamos, esto nos comprueba que cuando hablamos de relaciones sexuales estamos estrechamente ligados a lo que la sociedad quiere de nosotros.

Los adolescentes sienten el impulso sexual de una manera natural por sus cambios fisiológicos, no obstante por la sociedad en que se desempeñan no están psicológica ni socialmente preparados para asumir la responsabilidad que conlleva, que un mayor establezca relaciones sexuales con un menor de edad no es solo un delito contra la integridad biopsicosocial de este, sino también contra la integridad de la sociedad occidental, ahora si el caso es de relaciones entre adolescentes el delito es de los padres contra sus hijos y la sociedad.

El licenciado en Psicología General, Holvin Ariel Raudez López, nos da su opinión sobre este interesante tema, de forma muy directa aclara el peligro y consecuencias que puede tener una edad de consentimiento muy baja en menores de edad:

“Desde mi perspectiva personal basándome en los estudios anteriormente realizados por los teóricos ya mencionados y por mi experiencia personal en atenciones con adolescentes, puedo decir que el ser humano es un ser biopsicosocial, que si bien lo biológico condiciona el desarrollo también lo hacen lo psicológico y lo social, entonces, aunque un adolescente sienta la necesidad de establecer relaciones sexuales por sus cambios fisiológicos, su psiquis y su ser social no están lo suficiente maduros para asumir la responsabilidad que conlleva, esto deviene en trastornos de ánimo, conducta e inclusive de personalidad, por lo tanto quien tenga parte en un fenómeno como tal es culpable del daño psicológico y emocional hacia la integridad biopsicosocial del adolescente y hacia la salud mental de la sociedad, en todo caso no debemos olvidar que los mayores somos el resultado de nuestras etapas pasadas, así vamos por ahí con nuestros traumas y éxitos influyendo en el resto, que un mayor de edad se haga parecer como víctima ante el acoso sexual de un adolescente solo demuestra sus problemas psicológicos y sociales, quizás hasta neurológicos, por eso es tan necesaria en la sociedad occidental una atención en salud mental ajustada sus necesidades.

Recomendaría una educación sexual acorde a las exigencias del contexto actual, o mayores restricciones a la adolescencia, en caso extremo subir la edad para considerarse adulto a los 21 años y eliminar el consentimiento informado, pues los padres no pueden responder por los actos de sus hijos, ni reparar los daños, pero la experiencia nos ha demostrado que la castración no es buena medicina, así que quizás deberíamos de invertir un poco más en educación sexual.”

Después de haber analizado y comprendido algunas de las disciplinas humanas que nos ayudan a entendernos más como personas, podemos llegar a una conclusión más que obvia:

Un adolecente no debería mantener nunca relaciones sexuales con adulto. Pese a que hay ocasiones en que se escuchan noticias de adolescentes que “provocan” a los adultos, un adulto responsable de mentalidad y juicio sano no debe caer en malos entendidos que ocasiona esta etapa impulsiva de los adolescentes. Hay que dejar en claro que como adulto la experiencia de vida es mayor y que siempre, (por muy romantizado que lo quieras poner) siempre tendrás influencia sobre alguien inmaduro e inexperto en la vida.

No hay que confundir, astucia, inteligencia y conocimiento con madures emocional, que un adolecente sea carismático o talentoso sobre los demás o resalte en alguna disciplina social, no quiere decir que sea una persona madura que pueda mantener relaciones sexuales y que tenga la estabilidad emocional suficiente para poder conllevar las consecuencias que una “calentura” le orillo a hacer. El amor existe, yo no lo niego, pero se te recuerda que en las leyes el amor no existe, mientras él o la adolecente no sea “legal”, no podes mantener ningún tipo de intimidas o acercamiento sexual sin pagar las consecuencias de tus actos, actos que (a como ya se ha repetido de distintas formas a lo largo de este escrito) como adulto experimentado, ya eres responsable y consiente. Te recomiendo encarecido que, en caso de presentar algún tipo de atracción sexual a un menor busques ayuda psicológica inmediata, trastornos mentales como la pedofilia (atracción por niños), la efebofilia (atracción sexual por adolecentes) pueden ser tratados y corregidos antes de alcanzar una etapa más violenta y peligrosa para la sociedad a como puede ser el delito de pederastia (el acto de mantener cualquier actividad sexual con un niño).




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